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Información del Consulado General de la República de Argentina

Ingreso de animales domésticos en Argentina (perros y gatos)

El Consulado no otorga permisos para el ingreso de animales a Argentina. El dueño debe coordinar el embarque con la aerolínea directamente. Para evitar que el animal sea puesto en cuarentena al llegar a Argentina se requiere un certificado zoosanitario y una constancia de vacunación antirrábica. Ambos certificados deben ser otorgados por un veterinario matriculado y certificados por el U.S. Department of Agriculture, Animal and Plant Health Inspection Division, Veterinary Services (VS). Para ubicar un veterinario matriculado y el VS Area Office en su estado, visite http://www.aphis.usda.gov/animal_health/area_offices/

El certificado zoosanitario debe estar redactado o traducido al castellano, legalizado por medio de "Apostille" y contener:
- Datos identificatorios del propietario: nombre y apellido, domicilio.
- Datos identificatorios del animal: raza, sexo, fecha de nacimiento, pelaje, tamaño y señas particulares.
- País de procedencia, de destino y de tránsito, cuando correspondiera.
- El certificado debe asegurar que el animal identificado fue examinado dentro de los diez (10)
días previos al embarque, no presentando ningún signo clínico de enfermedades propias de la especie.
La constancia de vacunación antirrábica será requerida para todo canino y felino mayor de 3 (tres) meses de edad.
En el caso de los primovacunados la vacuna debe ser aplicada por lo menos 30 días antes de la fecha de ingreso del animal.
El certificado no debe tener una antigüedad mayor a un año previo a la fecha de arribo al país.
El Consulado no legaliza estos documentos, que deben presentarse directamente a la aerolínea.

Cuarentena Los animales que cumplan con los anteriores requisitos no realizarán cuarentena de importación.
En caso de sospechas de enfermedades infecto-contagiosas zoonóticas o de alto riesgo para la República Argentina, el personal del Servicio arbitrará los medios que aseguren su aislamiento y/o medidas cuarentenarias correspondientes.
Sobre el ingreso de otras especies de animales domésticos, se debe consultar en cada caso en particular al SENASA al teléfono (54-11) 4345-4112/4110.

Para información adicional podrá visitar: http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=739&io=5187

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